Desde el 22 de enero hasta el 22 de febrero (2021) se pueden entregar las solicitudes para la subvención para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y edificios residenciales, cofinanciadas con FEDER en el ámbito del Programa Operativo de Canarias. La subvención cubre hasta el 45% del importe total, para inversiones mínimas de 12.000€ en residencial.
Nota: Esta subvención ya ha vencido, pero puedes consultar la subvención activa para Gran Canaria durante todo 2021, y las deducciones de IRPF (de hasta un 60%) por mejorar la eficiencia energética.
Para cualquier duda sobre cómo tramitar la subvención, o que tipo de instalación es la mas adecuada en tu caso, consúltanos, te ayudaremos a tomar la mejor decisión.
Fuentes
Bases (16 de abril de 2018), http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2018/080/001.html y convocatoria (29 diciembre 2020), BOC – 2020/268. Martes 29 de diciembre de 2020 – Anuncio 5234 (gobiernodecanarias.org).
Organismo: Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial.
Beneficiarios:
- Las empresas, con independencia de su tamaño, especialmente las del sector servicios y las industriales.
- Los titulares de viviendas, comunidades de propietarios y mancomunidades de propietarios.
Actuaciones subvencionables y crédito disponible
1) Sector Empresas.
A. Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales (350.000 €)
B. Medidas de eficiencia energética en edificios (650.000 €), tales como:
a. Mejora de la envolvente térmica.
b. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.
c. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
C. Energías renovables para producción de electricidad en edificaciones, infraestructuras e instalaciones (2.000.000 €):
a. Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de autoconsumo, máximo de 100 kW.
b. Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo, en un máximo de 100 kW.
D. Energías renovables para usos térmicos en edificación, infraestructuras e instalaciones (55.750.000 €):
a. Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.
b. Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.
c. Instalaciones para uso térmico de la biomasa.
d. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo del biogás.
e. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo de combustibles derivados de los residuos (CDR) o combustibles sólidos recuperados (CSR).
2) Sector Residencial. (600.000 €)
A. Medidas de eficiencia energética en edificios, tales como:
a. Mejora de la envolvente térmica.
b. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.
c. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
B. Energías renovables para producción de electricidad en edificación:
a. Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de autoconsumo.
b. Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo, en un máximo de 100 kW.
C. Energías renovables para usos térmicos en edificación:
a. Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.
b. Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.
c. Instalaciones para uso térmico de la biomasa.
Cuantía de la subvención
- El porcentaje de subvención será del 45 % respecto a los gastos subvencionables.
- Se establece un máximo de importe de subvención por beneficiario de 90.000 €, una inversión máxima de 200.000 €
- Se establece un máximo de importe de subvención por proyecto de 90.000 €, una inversión máxima de 200.000 €
- Para el sector empresas, min. subvención 30.000 €. Inversión mínima de 66.666,67 €
- Para el sector residencial, min. subvención 5.400 €. Inversión mínima de 12.000 €
Solicitud
Desde el viernes 22 de enero de 2020 a las 09:00 hasta el lunes 22 de febrero de 2021 a las 23.59 h. https://sede.gobcan.es/sede/procedimientos_servicios/tramites/6700
Ejecución
En el sector residencial: desde el 1 de enero de 2021 hasta 20 septiembre de 2021.
En el sector empresas: desde la fecha de la solicitud hasta el 20 de septiembre de 2021.
Justificación: hasta el 30 de septiembre 2021.
Resolución: Máx. 6 meses desde la publicación.
Medios de notificación: El requerimiento para la subsanación de las solicitudes, la resolución provisional y la resolución definitiva se notificarán mediante la publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Departamento. Cualquier otra notificación al interesado se realizará a través de notificación electrónica.
Costes elegibles
Inversiones que sean necesarias y estén directamente relacionadas con la mejora de la eficiencia energética:
• La elaboración por el técnico competente de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones.
• Los costes de dirección facultativa de obra, los costes de ejecución de la obra civil asociada a la actuación.
• Adquisición de equipos y materiales, los de montaje de las instalaciones
• Los certificados de eficiencia energética.
Si quieres cambiar tu instalación a fotovoltáica y pasarte al autoconsumo y las energías renovables, este es el momento. Como puedes ver, el plazo para entregar la documentación es del 22 de enero hasta el 22 de febrero.Para cualquier duda sobre cómo tramitar la subvención, o que tipo de instalación sería la mas adecuada en tu caso, consúltanos, te ayudaremos a tomar las mejores decisiones 🙂